El Consejo de Estado, a través de la Sala de lo Contencioso Administrativo – Sección Segunda, Subsección B, confirmó en segunda instancia la decisión que negó la tutela presentada por Mayer Augusto Aguirre Téllez, quien buscaba anular la elección del actual alcalde de Palocabildo (Tolima), Leonardo Maldonado Sánchez, elegido para el periodo 2024–2027.
La acción de tutela interpuesta por Aguirre pretendía que se declarara la nulidad de la sentencia de la Sección Quinta del Consejo de Estado, bajo el argumento de presuntos defectos sustantivos, fácticos y procedimentales en el fallo que mantuvo la validez de los comicios municipales.
Durante las elecciones locales de 2023, el proceso en Palocabildo se vio alterado por actos de violencia que culminaron con la quema de documentos electorales en el lugar del escrutinio.
Aguirre, quien obtuvo 2.772 votos frente a los 2.680 de Maldonado según el preconteo, perdió la alcaldía por una diferencia final de ocho sufragios luego del escrutinio.
Tras estos hechos, promovió una demanda de nulidad electoral alegando que la destrucción del material físico impedía verificar la transparencia del proceso.
En su análisis, el Consejero Ponente Juan Enrique Bedoya Escobar concluyó que no se configuraron las vulneraciones alegadas por el demandante.
El alto tribunal sostuvo que, aunque existió destrucción parcial del material electoral, los formularios E-14 de los jurados y delegados conservaban plena validez y no presentaban tachones, enmendaduras ni inconsistencias aritméticas que justificaran un nuevo conteo de votos o la exclusión de mesas.
El fallo enfatiza que la pérdida del material electoral no tuvo la entidad suficiente para afectar la voluntad popular, toda vez que la información consignada por los jurados fue respaldada por fotografías y registros digitales autenticados por la Registraduría Nacional.
Con esta decisión, el Consejo de Estado pone fin —al menos temporalmente— a la controversia política en Palocabildo, municipio donde el estrecho margen de votos había mantenido en tensión a las campañas locales desde 2023.
El fallo refuerza la estabilidad del mandato de Leonardo Maldonado Sánchez, mientras Mayer Aguirre Téllez analiza la posibilidad de acudir a instancias internacionales o de control excepcional.
El Consejo de Estado ratificó la validez de la elección y la aplicación del principio de eficacia del voto, dejando claro que la destrucción del material físico no constituye causal automática de nulidad si existen medios probatorios alternativos que garanticen la fidelidad y autenticidad del proceso electoral.
Comentarios